viernes, 5 de septiembre de 2014

INTRODUCCIÓN


En este espacio compartiremos conocimientos relacionados con la normalización colombiana para la utilización de los elementos de protección personal, referentes  a los riesgos biológicos y ergonómicos. La protección de los trabajadores frente a los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos Es un imperativo para garantizar la seguridad y la salud de los mismos. En aquellos casos en que no es Posible la adopción de medidas de protección colectivas, es cuando debe recurrirse a los equipos de Protección personal (EPP).

Tal como se indica en la norma técnica colombiana GTC 45 de Prevención de Riesgos Laborales, cuando los riesgos no se puedan evitar o no puedan limitarse suficientemente por medios técnicos de protección colectiva o Mediante medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo, tal como ocurre con frecuencia. En los centros sanitarios frente al riesgo biológico, el empresario deberá proporcionar a sus trabajadores. Equipos de protección individual adecuados para el desempeño de sus funciones y velar por el uso Efectivo de los mismos.



No hay comentarios.:

Publicar un comentario